N.I. 58.25 Respuesta alegaciones euromodulares

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1. Nº 58.25 Madrid, 4 de noviembre de 2025 RE SPUESTA ALEGACIONES EUROMODULARES

2. Nº 58.25 Madrid, 4 de noviembre de 2025 RE SPUESTA ALEGACIONES EUROMODULARES Si en algunas de sus rutas nacionales utilizan combinaciones del sistema EMS (los conocidos como megacamiones de hasta 60 toneladas o dúo-trailer de hasta 72 toneladas de Masa Máxima Autorizada) esta información puede resultarle interesante. Se trata de respuestas directas de la Dirección General de Tráfico a cuestiones planteadas por los representantes del sector a través del Comité Nacional de Transporte por Carretera, relacionadas con algunos aspectos de las exigencias de homologación, características técnicas o limitaciones de uso de dichos vehículos. Como quiera que sean muy concretas y claras, no haremos resumen de las mismas y le remitimos directamente a la lectura del documento adjunto. Por nuestra parte, seguiremos tratando de revertir la decisión de la DGT sobre la imposibilidad futura de solicitar nuevas autorizaciones de recorrido adicionales a la red aprobada, en la cual, como es sabido, ya no es necesario obtener dicha autorización. Lo cierto es que la citada DGT ya nos ha mostrado claras señales de que no están nada convencidos de ello, pero, en nuestra opinión, resulta demasiado optimista pensar que esa red ya definida va a ser perfecta desde el primer diseño y, sobre todo, se

5. 2 MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO Con respecto a esta consideración, le comento que no se considera oportuna ya que, se trata de módulos que van a formar parte de conjuntos que pueden alcanzar las 72 T y 32 m de masa y longitud máxima de conjunto y, por tanto, debe garantizarse que los módulos cumplen, correctamente, con los requisitos de seguridad establecidos. Por otro lado, este requisito ya se exigía como prescripción en las autorizaciones para euromodular que se estaban concediendo desde el 2016, de modo que, se estima que el parque ya estará cumpliendo con el mismo en un alto grado. 3ª) En el escrito se indica esta propuesta: Equipamientos de seguridad (ADAS). La obligatoriedad de sistemas como el aviso de abandono de carril, frenado autónomo y control de estabilidad puede excluir tractoras de solo 3 – 5 años de antigüedad. Propuesta: establecer un periodo de adaptación de 2 a 3 años, admitiendo soluciones retrofit homologadas durante esa fase. Con respecto a esta consideración, le comento que no se considera oportuna ya que, se trata de módulos que van a formar parte de conjuntos que pueden alcanzar las 72 T y 32 m de masa y longitud máxima de conjunto y, por tanto, debe garantizarse que los módulos cumplen, correctamente, con los requisitos de seguridad establecidos. Por otro lado, este requisito ya se exigía como prescripción en las autorizaciones para euromodular que se estaban concediendo desde el 2016, de modo que, se estima que el parque ya estará cumpliendo con el mismo en un alto grado. 4ª) En el escrito se indica esta propuesta: Condiciones meteorológicas. El borrador obliga a suspender circulación ante avisos AEMET por viento (rojo o naranja). Estos avisos se emiten por provincias completas, pudiendo afectar a rutas no impactadas realmente. Propuesta: matizar el texto indicando que la restricción se aplique únicamente 'cuando las condiciones meteorológicas afecten directamente al tramo de circulación del conjunto' . Con respecto a esta consideración, le comento que se estima oportuna y se harán las modificaciones correspondientes. 5ª) En el escrito se indica esta propuesta: Ámbito territorial. La Resolución resulta de aplicación exclusiva en territorio español, sin reconocimiento internacional ni mención a acuerdos bilaterales. Propuesta: Promover acuerdos bilaterales que puedan resultar favorables para la competitividad del transporte español. Con respecto a esta consideración, le comento que no se tiene en cuenta ya que no se ajusta al objeto de la resolución. Sin otro particular le saluda atentamente, La Subdirectora Adjunta de Circulación Ana Isabel Blanco Bergareche ANA ISABEL BLANCO BERGARECHE - 2025-10-21 16:39:51 CEST Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_LHIJUGGXSCVRWUURD9IOW4UZR4W9 en https://www.pap.hacienda.gob.es

3. vaya a mantener en el tiempo sin añadidos o modificaciones que, sin duda, la propia interacción entre nuestras empresas y sus clientes, los cargadores, será el mejor instrumento para ir definiendo. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E-mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST IC

4. 0 SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD Y TECNOLOGÍA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO MINISTERIO DEL INTERIOR sgmovilidad@dgt.es JOSEFA VALCARCEL. 44 28027-MADRID TEL: 913018279 Madrid, a la fecha de la firma electrónica Sr. D. Carmelo González Sayas. Presidente Comité Nacional de Transporte por Carretera Departamento de Mercancías c/ Pintor Juan Gris, 5 – 2º A 28020 - MADRID Se ha recibido a través de la Secretaría del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible su escrito con fecha 7 de octubre de 2025 sobre consideraciones del “ Proyecto de Resolución, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen los requisitos técnicos que habrán de cumplir los conjuntos de vehículos para poder circular en configuración euro-modular por vías y terrenos públicos del territorio español, aptos para la circulación abiertos al tráfico general de usuari os ” y q ue fue remitido a los vocales del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible con fecha de 22 de septiembre de 2025. A continuación, se pasan a analizar las consideraciones que en este sentido se efectúan en su escrito: 1ª) En el escrito se indica esta propuesta: Homologación de masa máxima de conjunto (72 t). El borrador exige que el vehículo motriz esté homologado para una masa máxima de conjunto de 72 toneladas. En la práctica, muchas tractoras modernas están homologadas a 70 o 71 toneladas, aunque técnicamente puedan arrastrar conjuntos equivalentes. Propuesta: sustituir la referencia fija por la expresión 'masa máxima de conjunto técnicamente admisible igual o superior a la masa total en carga del conjunto euro- modular ', admitiendo certificados de fabricante o reformas simplificadas. Con respecto a esta consideración, le comento que no se considera oportuna ya que, durante las labores de vigilancia de los agentes de la autoridad, no siempre es posible disponer de básculas para comprobar si la masa en carga es igual o inferior a la masa máxima técnicamente admisible, dificultando por tanto la comprobación de si el vehículo está circulando en condiciones de seguridad suficientes 2ª) Homologación de semirremolques intermedios (O4). El requisito de homologación 'con capacidad de remolcar' implicaría tramitar reformas en semirremolques ya matriculados, con costes y tiempos relevantes. Propuesta: permitir la continuidad de uso de unidades existentes mediante certificación del fabricante o reforma simplificada, sin homologación completa nueva. ANA ISABEL BLANCO BERGARECHE - 2025-10-21 16:39:51 CEST Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_LHIJUGGXSCVRWUURD9IOW4UZR4W9 en https://www.pap.hacienda.gob.es

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