N.I. 120.22. UK. Implementación UE UK TCA

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1. Nº 1 20 . 2 2 Madrid, 7 de diciembre de 20 2 2 UK. IMPLEMEN TACIÓN UE – UK TCA

3. transportistas del Reino Unido que operan en territorio de la UE. Los operadores con sede en los Estados miembros de la UE aún pueden realizar viajes de tráfico triangular sin estos derechos, pero deberán tener un permiso emitido por la Conferencia Europea de Ministros de Transporte (ECMT). Los permisos ECMT apoyan a los operadores del Reino Unido que realizan movimientos de tráfico triangulares similares entre los Estados de la UE y otros países. Fuente: Departamento de Transport e del Reino Unido (DfT) C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

2. Nº 1 20 . 2 2 Madrid, 7 de dic iembre de 20 2 2 UK. IMPLEMENTACIÓN U E – UK T CA El Departamento de Transporte del Reino Unido (DfT) informa que el Reino Unido modificará la legislación nacional en breve para implementar completamente algunas de las disposiciones de transporte internacional por carretera en el Acuerdo de Comercio y Coo peración U nión E uropea - Reino Unido (TCA), particularmente en el acceso al área de transporte internacional de mercancías por carretera al Reino Unido para los operadores establecidos en los Estados miembros de la UE. Este cambio entrará en vigor a princip ios de 2023. Para reflejar los derechos de acceso cubiertos por la TCA, el Reino Unido está eliminando de la legislación nacional: a) el derecho de los operadores establecidos en los Estados miembros de la UE a realizar movimientos de cabotaje al entrar en el Reino Unido sin carga. Ya se han realizado cambios en el derecho de cabotaje principal (dos viajes de cabotaje para operadores de la UE dentro de los 7 días posteriores a la descarga después de una llegada internacional cargada); b) el derecho de los operadores establecidos en los Estados miembros de la UE a realizar transporte combinado (es decir, determinados tipos de transporte intermodal en los que las mercancías se transportan en la misma unidad de carga o vehículo utilizando dos o más modos de transporte); c) el derecho de los operadores con sede en los Estados miembros de la UE a recoger mercancías en el Reino Unido y luego ir a un país fuera de la UE para dejar esas mercancías (conocido como “tráfico triangular”) mediante el uso de una licencia comunitaria. El Reino Unido ha decidido eliminar estos derechos en el contexto de que la TCA no ofrece derechos equivalentes sobre una base recíproca a los

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