ITALIA. SOBRE RESTRICCIONES POR COVID19

Flash Informativo 26.20

ASTIC Info

 

Por la información aparecida en algunos medios de comunicación se ha planteado la duda en algunas empresas sobre la documentación necesaria ante un hipotético control de carretera en Italia tras el decreto de confinamiento de población en la llamada “zona rossa” primero, y en todo el territorio italiano desde ayer. En concreto, sobre la necesidad de portar el llamado documento de auto certificación -véase el archivo adjunto- para entregarlo a los agentes.

Según el Ministerio de Asuntos Exteriores de Italia, como ya se ha informado, las medidas de confinamiento no afectan a los trabajadores transfronterizos y al transporte de mercancías. "Los bienes pueden entrar y salir de las áreas mencionadas en el decreto de hoy. El transporte de mercancías se considera una razón de trabajo bien fundamentada para el tránsito: por lo tanto, los transportistas pueden entrar y salir así como moverse dentro de las áreas afectadas, pero solo con fines de entrega y / o recolección ".  

Y así se recoge en la nota aclaratoria que el Gobierno italiano emitió el pasado domingo por la tarde, de la que ya dimos cuenta, y en la que literalmente se dice:

Cross-border workers may provide evidence of their reason for entering and exiting their area of residence by any means, including a personal statement to be given to the police, when asked to do so”

De modo que los trabajadores “transfronterizos” pueden aportar cualquier medio de prueba de su razón para entrar o salir, incluyendo una “declaración personal”  entregada a la policía cuando esta lo requiera. El documento adjunto, pues, puede ser rellenado por parte del trabajador en el momento de requerirse, si se diera la circunstancia, pero en dicha nota se especifica en relación al transporte de mercancías que:

“Transporting goods is considered as a well-grounded work-related reason for moving: carriers may therefore enter and exit as well as move within the affected areas

De modo que el hecho de transportar mercancías es considerado como una bien fundamentada razón para transitar. Los transportistas pueden entrar y salir y transitar por el área afectada -en estos momentos esa área es todo el territorio italiano-. Si de todos modos fuese necesario probar el motivo comercial de dicho tránsito con los medios apropiados, bastaría un CMR y la documentación de conductor.

Tal y como nos comentan desde Italia nuestros colegas de asociaciones de transporte, según avance la semana y haya más evidencia de lo que sucede en los posibles controles, se podrá arrojar más claridad al asunto. Por ahora basta con seguir las indicaciones de la nota oficial y las declaraciones del ministro antes mencionadas. Para mayor tranquilidad si se desea, como medida redundante, pueden entregarse copia en blanco del formulario “modulo autocertificazione” al conductor que, llegado el caso, podrían completarlo ante el agente (sin que ello elimine, obviamente, el verdadero requisito de prueba de que el movimiento es comercial, o sea, el CMR u orden de porte correspondiente).